Gran parte de las empresas, poseen dentro de sus procesos productivos la generación de residuos no peligrosos en estado sólido, los que pueden ser: cartones, textil, plásticos, metales, papeles, entre otros, y antes de ser desechados en su disposición final, se debe tramitar su autorización sanitaria para el almacenamiento de residuos no peligrosos dentro de la empresa, velando por ciertas condiciones básicas en dicho sitio de almacenamiento, estipulados de forma general en el DS 594/99.
¿Qué es la Autorización Sanitaria de Almacenamiento de Residuos no Peligrosos?
Es un trámite de carácter sanitario que tiene como objetivo principal el constatar que los sitios de almacenamiento de residuos no peligrosos cumplen con las condiciones ambientales básicas para contener la generación RESNOPEL en su interior, velando por las condiciones apropiadas para los trabajadores dentro del establecimiento, considerando ciertas características en la generación, almacenamiento, trasporte y disposición.
¿Quién es la entidad que vela por el cumplimiento de la autorización sanitaria?
El ministerio de salud es la entidad sanitaria de velar por el cumplimiento, teniendo jurisdicción a través de la SEREMI Regional para realizar las fiscalizaciones pertinentes a las empresas, revisar documentación y todo lo relacionado al trámite de autorización sanitaria y que esta pueda ser aprobada.
¿Quiénes están sometidos a obtener una resolución sanitaria para el almacenamiento de residuos no peligrosos?
Todas aquellas empresas que dentro de sus procesos productivos tengan generación de residuos sólidos no peligrosos, sea: papel, cartón, plástico, papel, metal, madera, basura asimilable a domiciliaria, textil, etc.
¿Qué pasa si no tengo la autorización para el almacenamiento de residuos no peligrosos?
En resumidas palabras, estaría bajo incumplimiento normativo, puesto que el DS 594/99, habla de que la acumulación, tratamiento y disposición deberá contar con su autorización sanitaria correspondiente.
Artículo 18: La acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria.
¿Qué condiciones debe tener el sitio de almacenamiento para los residuos sólidos no peligrosos generados?
El decreto 594 del Minsal establece algunas condiciones que debe presentar el sitio de almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos. Algunas de las características más importantes serían:
- Tener una base continúan y resistente estructuralmente.
- Contar con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales.
- Estar techados y protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.
- Contar con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93.
¿Qué pasa si no tengo la autorización para el almacenamiento de residuos industriales no peligrosos?
En base al artículo 18, estaría bajo incumplimiento, por lo que la autoridad sanitaria podría efectuar sanciones en virtud de una fiscalización previa, estas sanciones van desde el carácter monetario (valorizados en UTA) y en casos más graves al cese de función del proceso productivo por incumplimiento (reiterativo) normativo.
En caso de no tener conocimiento bajo esta normativa, ¿qué puedo hacer?
El equipo asesor de ASALVO posee el conocimiento técnico y normativo para cumplir con los antecedentes requerido con el fin de cumplir todos los requisitos los requisitos legales relacionados al almacenamiento de residuos industriales no peligrosos, iniciando por el levantamiento de la generación de residuos dentro del predio industrial, pasando por el manejo propiamente tal, informando las brechas pertinentes y reforzando los puntos débiles, evaluando si el sitio de almacenamiento es el correcto, con el fin de obtener dicha resolución APROBADA, tanto en fase de proyecto como en funcionamiento.